Gastos de Compra y Guía de Adquisición Inmobiliaria en Andorra
Adquirir un inmueble en el Principado de Andorra combina una tributación altamente competitiva con una sólida seguridad jurídica. Esta guía detalla el marco impositivo oficial (ITP del 4%), la escala arancelaria notarial y los trámites clave para compradores nacionales e internacionales.
Calculadora interactiva
Calculadora de Gastos de Compra en Andorra
Simulador oficial de impuestos (ITP 4%), aranceles notariales, registro y gastos de compraventa.
Total Gastos e Impuestos
23.900 €
Porcentaje efectivo sobre el precio: 4,78%
Coste Total de la Operación
523.900 €
Precio base + impuestos oficiales
Fondos propios requeridos (Entrada + Gastos)
523.900 €
100% de la compra al contado
Desglose detallado de costes
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP 4%)
1% Comunal + 3% Estatal (Gobierno de Andorra)
20.000 €
Aranceles Notariales Oficiales
Según escala regulada por la Ley del Notariado
3.450 €
Registro de la Propiedad y Gestión
Aranceles de inscripción registral y trámites
450 €
* Los cálculos son estimaciones basadas en las tarifas oficiales vigentes en el Principado de Andorra.
Proceso Legal de Compra Paso a Paso
Guía normativa verificada según la legislación notarial y fiscal del Principado de Andorra.
1. Autorización de Inversión Extranjera (si aplica)
Para compradores no residentes, se requiere tramitar la autorización previa ante el Gobierno de Andorra. El trámite suele resolverse en un plazo habitual de 2 a 4 semanas.
2. Contrato de Reserva y Arras
Formalización del acuerdo mediante contrato de arras, entregando habitualmente un depósito del 10% custodiado en cuenta fiduciaria de notaría o agencia inmobiliaria.
3. Firma de Escritura Pública Notarial
La compraventa se formaliza obligatoriamente ante uno de los cuatro notarios públicos del Principado, abonando el saldo del precio y los aranceles notariales reglamentarios.
4. Liquidación del ITP e Inscripción
Se liquida el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (4% total: 1% Común + 3% Gobierno) y se asienta la titularidad en el registro catastral correspondiente.